TÍTULO III. De la estructura del sistema sanitario públicoCAPÍTULO V. De la financiación
Ley 14/1986 · LGSArtículo ochenta y uno
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 23 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo ochenta y uno de la Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, LGS) está en el capítulo V («De la financiación») del título III («De la estructura del sistema sanitario público»).
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Texto literal
La generalización del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria que
implica la homologación de las atenciones y prestaciones del sistema sanitario público se
efectuará mediante una asignación de recursos financieros que tengan en cuenta tanto la
población a atender en cada Comunidad Autónoma como las inversiones sanitarias a
realizar para corregir las desigualdades territoriales sanitarias, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 12.