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Articulado

TÍTULO III. De la estructura del sistema sanitario públicoCAPÍTULO VI. Del personal

Ley 14/1986 · LGSArtículo ochenta y seis

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 23 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo ochenta y seis de la Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, LGS) está en el capítulo VI («Del personal») del título III («De la estructura del sistema sanitario público»).

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Texto literal

El ejercicio de la labor del personal sanitario deberá organizarse de forma que se

estimule en los mismos la valoración del estado de salud de la población y se disminuyan las

necesidades de atenciones reparadoras de la enfermedad.

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