TÍTULO III. De la estructura del sistema sanitario públicoCAPÍTULO VI. Del personal
Ley 14/1986 · LGSArtículo ochenta y cinco
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 23 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo ochenta y cinco de la Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, LGS) está en el capítulo VI («Del personal») del título III («De la estructura del sistema sanitario público»). Tiene 2 apartados.
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Texto literal
1. Los funcionarios al servicio de las distintas Administraciones Públicas, a efectos del
ejercicio de sus competencias sanitarias, se regirán por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y el
resto de la legislación vigente en materia de funcionarios.
2. Igualmente, las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus competencias,
podrán dictar normas de desarrollo de la legislación básica del régimen estatutario de estos
funcionarios.