Saltar al contenido
Articulado

TÍTULO I. De la protección internacionalCAPÍTULO III. Disposiciones comunes

Ley 12/2009 · LASIArtículo 13Agentes de persecución o causantes de daños graves

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 13 de la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria (Ley 12/2009, LASI) se titula «Agentes de persecución o causantes de daños graves» y está en el capítulo III («Disposiciones comunes») del título I («De la protección internacional»). Enumera 3 letras.

Lectura
1 min
Preguntas de test
1

Texto literal

Los agentes de persecución o causantes de daños graves podrán ser, entre otros:

a) el Estado;

b) los partidos u organizaciones que controlen el Estado o una parte considerable de su territorio;

c) agentes no estatales, cuando los agentes mencionados en los puntos anteriores, incluidas las organizaciones internacionales, no puedan o no quieran proporcionar protección efectiva contra la persecución o los daños graves.

Artículos relacionados

En el mismo capítulo

Índice de la Ley 12/2009