Saltar al contenido
Articulado

TÍTULO I Del poder gallegoCAPÍTULO III. De la Administración de Justicia en Galicia

Ley Orgánica 1/1981 · EAGArtículo 22

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 22 del Estatuto de Autonomía para Galicia (Ley Orgánica 1/1981, EAG) está en el capítulo III («De la Administración de Justicia en Galicia»). Tiene 2 apartados y 5 letras.

Apartados
2
Lectura
1 min
Preguntas de test
7

Texto literal

Uno. La competencia de los órganos jurisdiccionales en Galicia se extiende:

a) En el orden civil, a todas las instancias y grados, incluidos los recursos de casación y de revisión en las materias de Derecho Civil gallego.

b) En el orden penal y social, a todas las instancias y grados, con excepción de los recursos de casación y de revisión.

c) En el orden contencioso-administrativo, a todas las instancias y grados, cuando se trate de actos dictados por la Junta y por la Administración de Galicia, en las materias cuya legislación corresponda en exclusiva a la Comunidad Autónoma y la que, de acuerdo con la ley de dicha jurisdicción, le corresponda en relación con los actos dictados por la Administración del Estado en Galicia.

d) A las cuestiones de competencia entre órganos judiciales en Galicia.

e) A los recursos sobre calificación de documentos referentes al derecho privativo gallego que deban tener acceso a los Registros de la Propiedad.

Dos. En las restantes materias se podrá interponer, cuando proceda ante el Tribunal Supremo, el recurso de casación o el que corresponda, según las leyes del Estado y, en su caso, el de revisión. El Tribunal Supremo resolverá también los conflictos de competencia y jurisdicción entre los Tribunales de Galicia y los del resto de España.

Preguntas tipo test de este artículo

En la app hay 7 preguntas tipo examen sobre este artículo. Cada respuesta se corrige al momento, con la frase exacta de la ley.

Aquí tienes dos de muestra. La solución no está en esta página: la ves al responder.

  1. Apartado 1.e)

    De acuerdo con la Ley Orgánica 1/1981, la competencia de los órganos jurisdiccionales en Galicia se extiende a los recursos sobre calificación de documentos referentes al derecho privativo gallego que deban tener acceso a los:

    1. A) Registros de Bienes Muebles estatales.
    2. B) Registros Civiles de la Comunidad.
    3. C) Registros de la Propiedad.
    4. D) Registros Mercantiles provinciales.
  2. Apartado 1.d)

    En relación con los órganos jurisdiccionales en Galicia, señale la respuesta CORRECTA de acuerdo con la Ley Orgánica 1/1981:

    1. A) Su competencia se extiende a las cuestiones de competencia entre órganos judiciales en Galicia.
    2. B) Su competencia incluye la casación penal ordinaria.
    3. C) Su competencia se extiende a la revisión de sentencias dictadas por tribunales extranjeros en territorio gallego.
    4. D) Su competencia se extiende a resolver los conflictos de atribuciones entre el Estado y las corporaciones locales.

Haz el test de este artículo

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1981-9564. Ver la Ley Orgánica 1/1981 en el BOE (se abre en otra pestaña)

Artículos relacionados

En el mismo capítulo

Índice de la Ley Orgánica 1/1981