TÍTULO I Del poder gallegoCAPÍTULO III. De la Administración de Justicia en Galicia
Ley Orgánica 1/1981 · EAGArtículo 21
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 21 del Estatuto de Autonomía para Galicia (Ley Orgánica 1/1981, EAG) está en el capítulo III («De la Administración de Justicia en Galicia»).
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Texto literal
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el que se integrará la actual Audiencia Territorial, es el órgano jurisdiccional en que culminará la organización judicial en su ámbito territorial y ante el que se agotarán las sucesivas instancias procesales, en los términos del artículo ciento cincuenta y dos de la Constitución y de acuerdo con el presente Estatuto.