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Disposiciones

Ley Orgánica 2/2007 · EAANDDisposición final primeraAplicación de los preceptos de contenido financiero

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición final primera del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Aplicación de los preceptos de contenido financiero». Tiene 2 apartados.

Apartados
2
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1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

1. La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía debe concretar, en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto, la aplicación de los preceptos de contenido financiero del mismo.

2. Los preceptos de contenido financiero del presente Estatuto, salvo que se estableciese un plazo determinado, pueden aplicarse de forma gradual atendiendo a su viabilidad financiera. En todo caso, dicha aplicación debe ser plenamente efectiva en el plazo de cinco años a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. 1…del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía debe concretar, en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto, la aplicación de los…
  • Apdo. 2En todo caso, dicha aplicación debe ser plenamente efectiva en el plazo de cinco años a partir de la entrada en vigor del presente Estatuto.

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