TÍTULO III. Organización territorial de la Comunidad Autónoma
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 95Órgano de relación de la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 95 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Órgano de relación de la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos» y está en el título III («Organización territorial de la Comunidad Autónoma»).
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Texto literal
Una ley de la Comunidad Autónoma regulará la creación, composición y funciones de un órgano mixto con representación de la Junta de Andalucía y de los Ayuntamientos andaluces, que funcionará como ámbito permanente de diálogo y colaboración institucional, y será consultado en la tramitación parlamentaria de las disposiciones legislativas y planes que afecten de forma específica a las Corporaciones locales.