Saltar al contenido
Articulado

TÍTULO III. Organización territorial de la Comunidad Autónoma

Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 92Competencias propias de los municipios

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 92 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Competencias propias de los municipios» y está en el título III («Organización territorial de la Comunidad Autónoma»). Tiene 2 apartados y 15 letras.

Apartados
2
Lectura
1 min
Preguntas de test
3

Texto literal

1. El Estatuto garantiza a los municipios un núcleo competencial propio que será ejercido con plena autonomía con sujeción sólo a los controles de constitucionalidad y legalidad.

2. Los Ayuntamientos tienen competencias propias sobre las siguientes materias, en los términos que determinen las leyes:

a) Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística.

b) Planificación, programación y gestión de viviendas y participación en la planificación de la vivienda de protección oficial.

c) Gestión de los servicios sociales comunitarios.

d) Ordenación y prestación de los siguientes servicios básicos: abastecimiento de agua y tratamiento de aguas residuales; alumbrado público; recogida y tratamiento de residuos; limpieza viaria; prevención y extinción de incendios y transporte público de viajeros.

e) Conservación de vías públicas urbanas y rurales.

f) Ordenación de la movilidad y accesibilidad de personas y vehículos en las vías urbanas.

g) Cooperación con otras Administraciones públicas para la promoción, defensa y protección del patrimonio histórico y artístico andaluz.

h) Cooperación con otras Administraciones públicas para la promoción, defensa y protección del medio ambiente y de la salud pública.

i) La regulación de las condiciones de seguridad en las actividades organizadas en espacios públicos y en los lugares de concurrencia pública.

j) Defensa de usuarios y consumidores.

k) Promoción del turismo.

l) Promoción de la cultura, así como planificación y gestión de actividades culturales.

m) Promoción del deporte y gestión de equipamientos deportivos de uso público.

n) Cementerio y servicios funerarios.

ñ) Las restantes materias que con este carácter sean establecidas por las leyes.

Preguntas tipo test de este artículo

En la app hay 3 preguntas tipo examen sobre este artículo. Cada respuesta se corrige al momento, con la frase exacta de la ley.

Aquí tienes una de muestra. La solución no está en esta página: la ves al responder.

  1. Apartado 1

    La Ley Orgánica 2/2007 dispone que el núcleo competencial propio garantizado a los municipios será ejercido con plena autonomía con sujeción sólo a los:

    1. A) controles de suficiencia financiera e inspección.
    2. B) controles de constitucionalidad y legalidad.
    3. C) controles de legalidad.
    4. D) controles de oportunidad y conveniencia técnica.

Haz el test de este artículo

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2007-5825. Ver la Ley Orgánica 2/2007 en el BOE (se abre en otra pestaña)

Artículos relacionados

En el mismo título

Índice de la Ley Orgánica 2/2007