TÍTULO III. Organización territorial de la Comunidad Autónoma
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 89Estructura territorial
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 89 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Estructura territorial» y está en el título III («Organización territorial de la Comunidad Autónoma»). Tiene 2 apartados.
- Apartados
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Texto literal
1. Andalucía se organiza territorialmente en municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por ley.
2. La Administración de la Comunidad Autónoma y las Administraciones locales ajustarán sus relaciones a los principios de información mutua, coordinación, colaboración y respeto a los ámbitos competenciales correspondientes determinados en el presente Estatuto, en la legislación básica del Estado y en la normativa autonómica de desarrollo, con plena observancia de la garantía institucional de la autonomía local reconocida por la Constitución y por la Carta Europea de la Autonomía Local.