TÍTULO IV. Organización institucional de la Comunidad AutónomaCAPÍTULO II. Elaboración de las normas
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 116Promulgación y publicación
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 116 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Promulgación y publicación» y está en el capítulo II («Elaboración de las normas») del título IV («Organización institucional de la Comunidad Autónoma»).
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Texto literal
Las leyes de Andalucía serán promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente de la Junta, el cual ordenará la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el plazo de quince días desde su aprobación, así como en el Boletín Oficial del Estado. A efectos de su vigencia regirá la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
CAPÍTULO III
El Presidente de la Junta
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- …de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el plazo de quince días desde su aprobación, así como en el Boletín Oficial del Estado.