TÍTULO IV. Organización institucional de la Comunidad AutónomaCAPÍTULO I. El Parlamento de Andalucía
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 107Presencia equilibrada de hombres y mujeres en los nombramientos y designaciones
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 107 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Presencia equilibrada de hombres y mujeres en los nombramientos y designaciones» y está en el capítulo I («El Parlamento de Andalucía») del título IV («Organización institucional de la Comunidad Autónoma»).
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Texto literal
En los nombramientos y designaciones de instituciones y órganos que corresponda efectuar al Parlamento de Andalucía regirá el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.
CAPÍTULO II
Elaboración de las normas