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Disposiciones

Decreto Legislativo 1/1999 · LRFGDisposición adicional terceraVigencia del artículo 23, apartado 2

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición adicional tercera de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia (Decreto Legislativo 1/1999, LRFG) se titula «Vigencia del artículo 23, apartado 2». Remite al artículo 23.

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Texto literal

El apartado 2 del artículo 23 de esta Ley, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley 7/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Tributarias, de Régimen Presupuestario, Función Pública y Gestión («Diario Oficial de Galicia» del 31, corrección de errores en el «Diario Oficial de Galicia» de 12 de febrero de 1999), tendrá la vigencia determinada en la disposición final primera de esa Ley, sin perjuicio de la que establezcan Leyes futuras.

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