Disposiciones
Decreto Legislativo 1/1999 · LRFGDisposición derogatoria únicaQuedan derogadas las Leyes que se citan en las tablas adjuntas y cuantas disposiciones
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición derogatoria única de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia (Decreto Legislativo 1/1999, LRFG) se titula «Quedan derogadas las Leyes que se citan en las tablas adjuntas y cuantas disposiciones». Tiene 2 apartados.
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Texto literal
de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.
1. En virtud de su incorporación al texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y
Presupuestario de Galicia, quedan derogadas las siguientes normas: Ley 11/1992, de 7 de octubre, de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia. Disposición adicional tercera de la Ley 14/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1993. Artículos 8, 23, 38, 39 y 40 de la Ley 1/1994, de 30 de marzo, de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1994. Disposiciones adicionales novena, décima y undécima de la Ley 11/1995, de 28 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1996. Artículos 4 y 5 de la Ley 2/1998, de 8 de abril, de Medidas Tributarias, de Régimen
Presupuestario, Función Pública, Patrimonio, Organización y Gestión. Artículos 3, 4, 5, 6 y 8 de la Ley 7/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Tributarias, de
Régimen Presupuestario, Función Pública y Gestión.
2. En virtud de lo establecido en la disposición derogatoria de la Ley 11/1992, de 7 de
octubre, de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia, está derogada la Ley 30/1984, de 3 de abril, de Gestión Económica y Financiera Pública de Galicia.