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Articulado

TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional

Constitución Española · CEArtículo 165

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.

En pocas palabras

El artículo 165 de la Constitución Española (CE) está en el título IX («Del Tribunal Constitucional»).

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Preguntas de test
4

Texto literal

Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.

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  1. De acuerdo con el artículo 165, la ley orgánica correspondiente regulará, además del funcionamiento del Tribunal, el estatuto de sus miembros y:

    1. A) El nombramiento del Fiscal General del Estado
    2. B) El régimen electoral general
    3. C) El sueldo de los funcionarios de las Cortes
    4. D) El procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1978-31229. Ver la Constitución Española en el BOE (se abre en otra pestaña)

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