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Articulado

TÍTULO VII. Economía y Hacienda

Constitución Española · CEArtículo 134

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.

En pocas palabras

El artículo 134 de la Constitución Española (CE) está en el título VII («Economía y Hacienda»). Tiene 7 apartados.

Apartados
7
Lectura
1 min
Preguntas de test
12

Texto literal

1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.

2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.

3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.

4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.

6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.

7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. 3El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.

Preguntas tipo test de este artículo

En la app hay 12 preguntas tipo examen sobre este artículo. Cada respuesta se corrige al momento, con la frase exacta de la ley.

Aquí tienes dos de muestra. La solución no está en esta página: la ves al responder.

  1. Apartado 7

    De acuerdo con el artículo 134.7, ¿cuándo podrá la Ley de Presupuestos modificar tributos ya existentes?

    1. A) Cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea
    2. B) En todo caso por ser ley posterior
    3. C) Solo si se trata de tasas administrativas
    4. D) Únicamente en el caso de impuestos especiales
  2. Apartado 3

    ¿Cuál es el plazo límite para que el Gobierno presente los Presupuestos Generales del Estado ante el Congreso, según el artículo 134.3?

    1. A) Antes del 1 de octubre de cada año natural
    2. B) Al menos dos meses antes del inicio del ejercicio económico
    3. C) Al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior
    4. D) Al menos cuatro meses antes de que finalice el año anterior

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1978-31229. Ver la Constitución Española en el BOE (se abre en otra pestaña)

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