TÍTULO II De las personas criminalmente responsables de los delitos
Ley Orgánica 10/1995 · CPArtículo 31El que actúe como administrador de hecho o de derecho de una persona jurídica, o en
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 31 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, CP) se titula «El que actúe como administrador de hecho o de derecho de una persona jurídica, o en».
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 1
Texto literal
nombre o representación legal o voluntaria de otro, responderá personalmente, aunque no concurran en él las condiciones, cualidades o relaciones que la correspondiente figura de delito requiera para poder ser sujeto activo del mismo, si tales circunstancias se dan en la entidad o persona en cuyo nombre o representación obre.