Disposiciones
Real Decreto 39/1997 · RSPDisposición adicional décimaPresencia de recursos preventivos en las obras de construcción
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 17 de octubre de 2025. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición adicional décima del Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997, RSP) se titula «Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción».
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Texto literal
En el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos de cada contratista prevista en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales se aplicará en los términos establecidos en la disposición adicional única del citado Real Decreto 1627/1997.