TÍTULO X. Situaciones administrativasCAPÍTULO II. Excedencias
Ley Orgánica 9/2015 · LOPNArtículo 57Modalidades de excedencia
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 12 de noviembre de 2024. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 57 de la Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional (Ley Orgánica 9/2015, LOPN) se titula «Modalidades de excedencia» y está en el capítulo II («Excedencias») del título X («Situaciones administrativas»). Enumera 5 letras.
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Texto literal
La excedencia podrá adoptar las siguientes modalidades:
a) Excedencia voluntaria por interés particular.
b) Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
c) Excedencia por cuidado de familiares.
d) Excedencia por razón de violencia de género.
e) Excedencia por prestación de servicio en el sector público.