TÍTULO I. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional
Ley Orgánica 9/2015 · LOPNArtículo 4Adquisición de la condición de funcionario de carrera
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 12 de noviembre de 2024. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 4 de la Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional (Ley Orgánica 9/2015, LOPN) se titula «Adquisición de la condición de funcionario de carrera» y está en el título I («Adquisición y pérdida de la condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional»). Enumera 4 letras.
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Texto literal
La condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:
a) Superación del proceso selectivo.
b) Nombramiento por la autoridad competente.
c) Acto de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico.
d) Toma de posesión dentro del plazo establecido.