CAPÍTULO II. Documentación e identificación personal
Ley Orgánica 4/2015 · LOPSCArtículo 12Competencias sobre el pasaporte
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 23 de febrero de 2021. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 12 de la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana (Ley Orgánica 4/2015, LOPSC) se titula «Competencias sobre el pasaporte» y está en el capítulo II («Documentación e identificación personal»). Tiene 3 apartados y 2 letras.
- Apartados
- 3
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 2
Texto literal
1. La competencia para su expedición corresponde:
a) En el territorio nacional, a la Dirección General de la Policía.
b) En el extranjero, a las Representaciones Diplomáticas y Consulares de España.
2. Su expedición está sujeta al pago de una tasa.
3. Corresponde al Gobierno, a propuesta de los Ministros del Interior y de Asuntos Exteriores y de Cooperación, desarrollar esta Ley en lo referente al régimen jurídico del pasaporte.