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Articulado

TÍTULO I. Derechos y libertades de los extranjerosCAPÍTULO I. Derechos y libertades de los extranjeros

Ley Orgánica 4/2000 · LOEXArtículo 13Derechos en materia de vivienda

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 19 de marzo de 2025. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 13 de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley Orgánica 4/2000, LOEX) se titula «Derechos en materia de vivienda» y está en el capítulo I («Derechos y libertades de los extranjeros») del título I («Derechos y libertades de los extranjeros»).

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Texto literal

Los extranjeros residentes tienen derecho a acceder a los sistemas públicos de ayudas en materia de vivienda en los términos que establezcan las leyes y las Administraciones competentes. En todo caso, los extranjeros residentes de larga duración tienen derecho a dichas ayudas en las mismas condiciones que los españoles.

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  1. Según el artículo 13 de la Ley Orgánica 4/2000, los extranjeros residentes tienen derecho a acceder a los sistemas públicos de ayudas en materia de vivienda en los términos que establezcan:

    1. A) las leyes y las Corporaciones Locales competentes.
    2. B) las leyes y las Administraciones públicas del Estado.
    3. C) las leyes y las Administraciones competentes.
    4. D) las leyes y los Organismos Públicos competentes.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2000-544. Ver la Ley Orgánica 4/2000 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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