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Disposiciones

Ley Orgánica 3/2018 · LOPDGDDDisposición final primeraNaturaleza de la presente ley

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 27 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición final primera de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Ley Orgánica 3/2018, LOPDGDD) se titula «Naturaleza de la presente ley». Remite a los artículos 52 y 53.

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Texto literal

La presente ley tiene el carácter de ley orgánica. No obstante, tienen carácter de ley ordinaria:

– El Título IV, – el Título VII, salvo los artículos 52 y 53, que tienen carácter orgánico, – el Título VIII, – el Título IX, – los artículos 79, 80, 81, 82, 88, 95, 96 y 97 del Título X, – las disposiciones adicionales, salvo la disposición adicional segunda y la disposición adicional decimoséptima, que tienen carácter orgánico, – las disposiciones transitorias, – y las disposiciones finales, salvo las disposiciones finales primera, segunda, tercera, cuarta, octava, décima y decimosexta, que tienen carácter orgánico.

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