Disposiciones
Ley Orgánica 2/1979 · LOTCDisposición adicional primera
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición adicional primera de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, LOTC) forma parte de su texto consolidado. Tiene 2 apartados. Remite al artículo 97.
- Apartados
- 2
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 1
Texto literal
1. El número de letrados seleccionados mediante concurso-oposición a los que se refiere el artículo 97.1 no podrá exceder de 16.
2. La plantilla del personal del Tribunal Constitucional sólo podrá ser modificada a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.