TÍTULO IV De los conflictos constitucionalesCAPÍTULO III. De los conflictos entre órganos constitucionales del Estado
Ley Orgánica 2/1979 · LOTCArtículo 74Recibido el escrito, el Tribunal, dentro de los diez días siguientes, dará traslado del
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 74 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, LOTC) se titula «Recibido el escrito, el Tribunal, dentro de los diez días siguientes, dará traslado del» y está en el capítulo III («De los conflictos entre órganos constitucionales del Estado»).
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Texto literal
mismo al órgano requerido y le fijará el plazo de un mes para formular las alegaciones que estime procedentes. Idénticos traslados y emplazamientos se harán a todos los demás órganos legitimados para plantear este género de conflictos, los cuales podrán comparecer en el procedimiento, en apoyo del demandante o del demandado, si entendieren que la solución del conflicto planteado afecta de algún modo a sus propias atribuciones.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- mismo al órgano requerido y le fijará el plazo de un mes para formular las alegaciones que estime procedentes.