TÍTULO I Del Tribunal ConstitucionalCAPÍTULO I. Del Tribunal Constitucional, su organización y atribuciones
Ley Orgánica 2/1979 · LOTCArtículo 11
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, LOTC) está en el capítulo I («Del Tribunal Constitucional, su organización y atribuciones»). Tiene 2 apartados.
- Apartados
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Texto literal
Uno. Las Salas del Tribunal Constitucional conocerán de los asuntos que, atribuidos a la justicia constitucional, no sean de la competencia del Pleno.
Dos. También conocerán las Salas de aquellas cuestiones que, habiendo sido atribuidas al conocimiento de las Secciones, entiendan que por su importancia deba resolver la propia Sala.