TÍTULO I. Medidas de sensibilización, prevención y detección
Ley Orgánica 1/2004 · LOVGArtículo 3Planes de sensibilización
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 3 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Planes de sensibilización» y está en el título I («Medidas de sensibilización, prevención y detección»). Tiene 3 apartados y 4 letras.
- Apartados
- 3
- Lectura
- 2 min
- Preguntas de test
- 8
Texto literal
1. Desde la responsabilidad del Gobierno del Estado y de manera inmediata a la entrada
en vigor de esta ley, con la consiguiente dotación presupuestaria, se pondrá en marcha un
Plan Estatal de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género con carácter
permanente que como mínimo recoja los siguientes elementos:
a) Que introduzca en el escenario social las nuevas escalas de valores basadas en el
respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y
mujeres, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios
democráticos de convivencia, todo ello desde la perspectiva de las relaciones de género.
b) Dirigido tanto a hombres como a mujeres, desde un trabajo comunitario e intercultural,
incluyendo el ámbito de las tecnologías de la información y el digital.
c) Que contemple un amplio programa de formación complementaria y de reciclaje de los
profesionales que intervienen en estas situaciones.
d) Controlado por una Comisión de amplia participación, que se creará en un plazo
máximo de un mes, en la que se ha de asegurar la presencia de las víctimas y su entorno,
las instituciones, los profesionales y de personas de reconocido prestigio social relacionado
con el tratamiento de estos temas.
La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, oída la Comisión a la que se
refiere el párrafo anterior, elaborará el Informe anual de evaluación del Plan Estatal de
Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género y lo remitirá a las Cortes Generales.
2. Los poderes públicos, en el marco de sus competencias, impulsarán además
campañas de información y sensibilización específicas con el fin de prevenir la violencia de
género.
3. Las campañas de información y sensibilización contra esta forma de violencia se
realizarán de manera que se garantice el acceso a las mismas de las personas con
discapacidad.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- máximo de un mes, en la que se ha de asegurar la presencia de las víctimas y su entorno,