TÍTULO II. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de géneroCAPÍTULO III. Derechos de las funcionarias públicas
Ley Orgánica 1/2004 · LOVGArtículo 24Ámbito de los derechos
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 24 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Ámbito de los derechos» y está en el capítulo III («Derechos de las funcionarias públicas») del título II («Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género»).
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Texto literal
La funcionaria víctima de violencia de género tendrá derecho a la reducción o a la
reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica de centro de trabajo y a la
excedencia en los términos que se determinen en su legislación específica.