TÍTULO PRELIMINAR
Ley Orgánica 1/2004 · LOVGArtículo 1Objeto de la Ley
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 1 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Objeto de la Ley». Tiene 4 apartados.
- Apartados
- 4
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Texto literal
1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de
la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre
las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o
de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun
sin convivencia.
2. Por esta ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir,
sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y
a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.
3. La violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo acto de
violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las
coacciones o la privación arbitraria de libertad.
4. La violencia de género a que se refiere esta Ley también comprende la violencia que
con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o
allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero.