Disposiciones
Ley 8/2011 · LPICDisposición final segundaCompetencias en materia de Protección Civil
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 29 de julio de 2022. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición final segunda de la Ley por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas (Ley 8/2011, LPIC) se titula «Competencias en materia de Protección Civil».
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Texto literal
Lo dispuesto en esta Ley se entiende sin perjuicio de lo que establezca la normativa autonómica en materia de protección civil, de acuerdo con las competencias correspondientes a cada territorio en virtud de lo dispuesto en los correspondientes Estatutos de Autonomía.