Disposiciones
Ley 8/2011 · LPICDisposición adicional terceraFuerzas y Cuerpos de Seguridad
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 29 de julio de 2022. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición adicional tercera de la Ley por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas (Ley 8/2011, LPIC) se titula «Fuerzas y Cuerpos de Seguridad».
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Texto literal
Las referencias efectuadas en la presente Ley a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad incluyen, en todo caso, a los Cuerpos policiales dependientes de las Comunidades Autónomas con competencias estatutarias reconocidas para la protección de personas y bienes y para el mantenimiento del orden público.