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Articulado

TÍTULO IV. Promoción de la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito localCAPÍTULO I. Disposiciones generales

Ley 7/2023 · LIGGArtículo 140Colaboración municipal en la ejecución de los planes y medidas de igualdad autonómicos

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 140 de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (Ley 7/2023, LIGG) se titula «Colaboración municipal en la ejecución de los planes y medidas de igualdad autonómicos» y está en el capítulo I («Disposiciones generales») del título IV («Promoción de la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito local»). Tiene 2 apartados.

Apartados
2
Lectura
1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

1. La Administración autonómica promoverá la colaboración con las entidades locales en la ejecución de los planes y medidas de igualdad que adopte.

2. En la elaboración de los planes y medidas se tendrán en consideración las características especiales de los municipios poco poblados y/o con núcleos muy dispersos, a fin de que alcancen a toda la población.

CAPÍTULO II

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