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Articulado

TÍTULO II. Cuerpos de la Policía LocalCAPÍTULO II. Actuaciones supramunicipales

Ley 6/2023 · LPLAArtículo 14Actuaciones en situaciones de emergencia

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de agosto de 2023. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 14 de la Ley de Policías Locales de Andalucía (Ley 6/2023, LPLA) se titula «Actuaciones en situaciones de emergencia» y está en el capítulo II («Actuaciones supramunicipales») del título II («Cuerpos de la Policía Local»).

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Texto literal

Los cuerpos de la Policía Local podrán actuar fuera de su término municipal cuando sean requeridos para ello por la autoridad competente, en las situaciones de emergencia que reglamentariamente se establezcan y siempre con la autorización de las personas titulares de las alcaldías respectivas.

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