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Articulado

TÍTULO V. De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno

Ley 50/1997 · LGOBArtículo 25Plan Anual Normativo

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 3 de enero de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 25 de la Ley del Gobierno (Ley 50/1997, LGOB) se titula «Plan Anual Normativo» y está en el título V («De la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno»). Tiene 4 apartados.

Apartados
4
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Preguntas de test
6

Texto literal

1. El Gobierno aprobará anualmente un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legislativas o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente.

2. El Plan Anual Normativo identificará, con arreglo a los criterios que se establezcan reglamentariamente, las normas que habrán de someterse a un análisis sobre los resultados de su aplicación, atendiendo fundamentalmente al coste que suponen para la Administración o los destinatarios y las cargas administrativas impuestas a estos últimos.

3. Cuando se eleve para su aprobación por el órgano competente una propuesta normativa que no figurara en el Plan Anual Normativo al que se refiere el presente artículo será necesario justificar este hecho en la correspondiente Memoria del Análisis de Impacto Normativo.

4. El Plan Anual Normativo estará coordinado por el Ministerio de la Presidencia, con el objeto de asegurar la congruencia de todas las iniciativas que se tramiten y de evitar sucesivas modificaciones del régimen legal aplicable a un determinado sector o área de actividad en un corto espacio de tiempo. El Ministro de la Presidencia elevará el Plan al Consejo de Ministros para su aprobación antes del 30 de abril.

Por orden del Ministerio de la Presidencia se aprobarán los modelos que contengan la información a remitir sobre cada iniciativa normativa para su inclusión en el Plan.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. 1El Gobierno aprobará anualmente un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legislativas o reglamentarias…

Preguntas tipo test de este artículo

En la app hay 6 preguntas tipo examen sobre este artículo. Cada respuesta se corrige al momento, con la frase exacta de la ley.

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  1. Apartado 1

    A tenor del artículo 25 de la Ley 50/1997, el plan aprobado anualmente por el Gobierno que contiene sus iniciativas normativas se denomina:

    1. A) Plan Anual Normativo.
    2. B) Plan de Evaluación.
    3. C) Plan de Inspección.
    4. D) Plan de Actuación.
  2. Apartado 2

    Entre las previsiones que identificará el Plan Anual Normativo conforme a la Ley 50/1997 se encuentra:

    1. A) Las normas que habrán de someterse a un análisis sobre los resultados de su aplicación.
    2. B) Las iniciativas normativas que hayan sido objeto de un rechazo previo por parte de las Cortes Generales.
    3. C) Las resoluciones de carácter puramente administrativo que se encuentren pendientes de ejecución por los órganos directivos.
    4. D) Las propuestas aprobadas.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1997-25336. Ver la Ley 50/1997 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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