TÍTULO III. De las normas de funcionamiento del Gobierno y de la delegación de competencias
Ley 50/1997 · LGOBArtículo 19De las actas de las Comisiones Delegadas del Gobierno y de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 3 de enero de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 19 de la Ley del Gobierno (Ley 50/1997, LGOB) se titula «De las actas de las Comisiones Delegadas del Gobierno y de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios» y está en el título III («De las normas de funcionamiento del Gobierno y de la delegación de competencias»). Remite al artículo 18.
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Texto literal
A las Comisiones Delegadas del Gobierno y a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios les será de aplicación lo dispuesto en el artículo 18 de la presente Ley en relación con las actas de dichos órganos colegiados.