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Disposiciones

Ley 5/2023 · LFPADisposición transitoria segundaIncorporación a la carrera horizontal

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición transitoria segunda de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Incorporación a la carrera horizontal». Remite al artículo 53.

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Texto literal

La incorporación a la carrera horizontal, una vez que se inicie, se producirá en el tramo que corresponda al número de años de permanencia, contabilizados de conformidad con lo establecido en el artículo 53.

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  1. NO es una regla reguladora de la incorporación a la carrera horizontal según la disposición transitoria segunda de la Ley 5/2023:

    1. A) Se efectuará computando la permanencia de acuerdo con el artículo 50.
    2. B) Se producirá una vez que se inicie dicha carrera.
    3. C) Se producirá en el tramo que corresponda al número de años de permanencia.
    4. D) Se contabilizarán los años de permanencia de conformidad con lo establecido en el artículo 53.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2023-16066. Ver la Ley 5/2023 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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