TÍTULO V. Promoción profesionalCAPÍTULO II. La carrera profesional del personal funcionario
Ley 5/2023 · LFPAArtículo 58Modalidades de promoción interna
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 58 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Modalidades de promoción interna» y está en el capítulo II («La carrera profesional del personal funcionario») del título V («Promoción profesional»). Tiene 2 apartados y 2 letras.
- Apartados
- 2
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- Preguntas de test
- 2
Texto literal
1. Las modalidades de promoción interna son las siguientes:
a) Promoción interna horizontal: supone el acceso a otro cuerpo o especialidad dentro del mismo subgrupo o grupo de pertenencia.
b) Promoción interna vertical: supone el ascenso desde un subgrupo o grupo de clasificación hasta otro subgrupo o grupo superior, de acuerdo con la regulación establecida por la normativa estatal de carácter básico.
El personal funcionario de carrera del subgrupo C1 que reúna la titulación exigida podrá promocionar al subgrupo A2 sin necesidad de pasar por el grupo B, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. La promoción interna se llevará a cabo a través del sistema selectivo de concursooposición o de actividades formativas selectivas.
CAPÍTULO III
La evaluación del desempeño