TÍTULO XI. Situaciones administrativasCAPÍTULO I. Personal funcionario de carrera
Ley 5/2023 · LFPAArtículo 148Excedencia voluntaria
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 148 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Excedencia voluntaria» y está en el capítulo I («Personal funcionario de carrera») del título XI («Situaciones administrativas»). Enumera 9 letras.
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Texto literal
La excedencia voluntaria podrá adoptar las siguientes modalidades:
a) Excedencia voluntaria por interés particular.
b) Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
c) Excedencia por cuidado de familiares.
d) Excedencia por razón de violencia de género.
e) Excedencia por razón de violencia terrorista.
f) Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público andaluz.
g) Excedencia por incompatibilidad.
h) Excedencia con reserva de puesto.
i) Excedencia voluntaria incentivada.