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Articulado

TÍTULO XI. Situaciones administrativasCAPÍTULO I. Personal funcionario de carrera

Ley 5/2023 · LFPAArtículo 144Situaciones administrativas del personal funcionario de carrera

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 144 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Situaciones administrativas del personal funcionario de carrera» y está en el capítulo I («Personal funcionario de carrera») del título XI («Situaciones administrativas»). Tiene 2 apartados y 7 letras.

Apartados
2
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Preguntas de test
1

Texto literal

1. El personal funcionario de carrera se hallará, en los términos establecidos por la normativa estatal de carácter básico y con las particularidades que se disponen en este título, en alguna de las siguientes situaciones administrativas:

a) Servicio activo.

b) Servicios especiales.

c) Servicio en otras Administraciones públicas.

d) Excedencia voluntaria.

e) Excedencia forzosa.

f) Expectativa de destino.

g) Suspensión de funciones.

2. El cambio de situación administrativa de quienes no se encuentren en servicio activo podrá tener lugar siempre que se reúnan los requisitos exigidos en cada caso, sin necesidad del reingreso previo al servicio activo.

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