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Articulado

TÍTULO IX. Acceso al empleo público, adquisición y pérdida de la relación de servicioCAPÍTULO I. Principios y requisitos de acceso al empleo público

Ley 5/2023 · LFPAArtículo 114Relación de personas aprobadas

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 114 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Relación de personas aprobadas» y está en el capítulo I («Principios y requisitos de acceso al empleo público») del título IX («Acceso al empleo público, adquisición y pérdida de la relación de servicio»). Tiene 2 apartados. Remite al artículo 112.

Apartados
2
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Preguntas de test
1

Texto literal

1. Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de personal funcionario de carrera o de personal laboral fijo de un número superior de personas aprobadas al de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria. En el caso de que el proceso selectivo se complete con la realización de cursos de formación o especialización, o período de prácticas en la forma prevista en el artículo 112, la limitación de las personas aprobadas se referirá a los resultados definitivos del curso o prácticas.

No obstante lo anterior, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o contratación o de su toma de posesión o incorporación al puesto de trabajo, respectivamente, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera o formalización del contrato.

2. En caso de empate en la calificación final del proceso selectivo, las bases de la convocatoria pueden prever, como criterio de desempate, entre otros, que tengan prioridad para el acceso las personas del sexo cuya presencia en el cuerpo, especialidad o categoría sea inferior al cuarenta por ciento en la fecha de la publicación de la oferta de empleo público o instrumento similar.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. 2…cuya presencia en el cuerpo, especialidad o categoría sea inferior al cuarenta por ciento en la fecha de la publicación de la oferta de empleo público o instrumento…

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