TÍTULO I. Administración General del EstadoCAPÍTULO I. Organización administrativa
Ley 40/2015 · LRJSPArtículo 54Principios y competencias de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 54 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015, LRJSP) se titula «Principios y competencias de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado» y está en el capítulo I («Organización administrativa») del título I («Administración General del Estado»). Tiene 2 apartados. Remite a los artículos 3, 55 bis y 84 bis.
- Apartados
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Texto literal
1. La Administración General del Estado actúa y se organiza de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 3, así como los de descentralización funcional y desconcentración funcional y territorial.
Asimismo, garantizará el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de las personas titulares de los órganos superiores y directivos y en el personal de alta dirección de las entidades del sector público institucional estatal, de acuerdo con lo establecido en los artículos 55 bis y 84 bis.
2. Las competencias en materia de organización administrativa, régimen de personal, procedimientos e inspección de servicios, no atribuidas específicamente conforme a una Ley a ningún otro órgano de la Administración General del Estado, ni al Gobierno, corresponderán al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.