Disposiciones
Ley 4/2015 · LEVDDisposición final quintaAdaptación de los Estatutos Generales de la Abogacía y de la Procuraduría
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición final quinta de la Ley del Estatuto de la víctima del delito (Ley 4/2015, LEVD) se titula «Adaptación de los Estatutos Generales de la Abogacía y de la Procuraduría». Remite al artículo 8.
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Texto literal
Los Colegios y Consejos Generales de Abogados y Procuradores adoptarán las medidas necesarias para adaptar sus respectivos Estatutos a lo establecido en el apartado 2 del artículo 8 de la presente Ley, en un plazo máximo de un año desde su entrada en vigor.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- …en el apartado 2 del artículo 8 de la presente Ley, en un plazo máximo de un año desde su entrada en vigor.