Disposiciones
Ley 31/1995 · LPRLDisposición transitoria segunda
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 20 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición transitoria segunda de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, LPRL) forma parte de su texto consolidado. Remite al artículo 31.
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Texto literal
En tanto se aprueba el Reglamento regulador de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, se entenderá que las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social cumplen el requisito previsto en el artículo 31.5 de la presente Ley.