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Articulado

Disposiciones

Ley 31/1995 · LPRLDisposición transitoria segunda

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 20 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición transitoria segunda de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, LPRL) forma parte de su texto consolidado. Remite al artículo 31.

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Texto literal

En tanto se aprueba el Reglamento regulador de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, se entenderá que las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social cumplen el requisito previsto en el artículo 31.5 de la presente Ley.

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