TÍTULO V. Adquisición y pérdida de la relación de servicioCAPÍTULO II. Adquisición de la relación de servicio
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 60Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 60 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera» y está en el capítulo II («Adquisición de la relación de servicio») del título V («Adquisición y pérdida de la relación de servicio»). Enumera 5 letras.
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Texto literal
La condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:
a) Superación del proceso selectivo.
b) Acreditación, en su caso, de que se reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria del proceso selectivo.
c) Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el diario oficial correspondiente.
d) Acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de autonomía de Galicia y del resto del ordenamiento jurídico, así como de compromiso de ejercer con imparcialidad sus funciones.
e) Toma de posesión dentro del plazo de un mes a partir de la publicación del nombramiento o dentro del plazo previsto en la correspondiente convocatoria del proceso selectivo.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- Apdo. e)Toma de posesión dentro del plazo de un mes a partir de la publicación del nombramiento o dentro del plazo previsto en la…