TÍTULO VIII. Situaciones administrativasCAPÍTULO I. Disposiciones generales
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 164Situaciones administrativas del personal funcionario de carrera
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 164 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Situaciones administrativas del personal funcionario de carrera» y está en el capítulo I («Disposiciones generales») del título VIII («Situaciones administrativas»). Tiene 2 apartados y 6 letras.
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Texto literal
1. El personal funcionario de carrera se hallará en alguna de las siguientes situaciones:
a) Servicio activo.
b) Servicios especiales.
c) Servicio en otras administraciones públicas.
d) Excedencia voluntaria.
e) Excedencia forzosa.
f) Suspensión de funciones.
2. El personal funcionario de carrera que no se halle en servicio activo puede cambiar de situación administrativa siempre que reúna los requisitos exigidos en cada caso, sin necesidad de reingreso previo al servicio activo.