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Articulado

TÍTULO VII Derechos de ejercicio colectivo de los empleados públicosCAPÍTULO V. Derecho de reunión de los empleados públicos

Ley 2/2015 · LEPGArtículo 163Derecho de reunión. 1. Están legitimados para convocar una reunión, además de las organizaciones

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 163 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Derecho de reunión. 1. Están legitimados para convocar una reunión, además de las organizaciones» y está en el capítulo V («Derecho de reunión de los empleados públicos»). Enumera 4 letras.

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Texto literal

sindicales, directamente o a través de los delegados sindicales:

a) Los delegados de personal.

b) Las juntas de personal.

c) Los comités de empresa.

d) Los empleados públicos de las administraciones públicas respectivas en número no

inferior al cuarenta por ciento del colectivo convocado. 2. Las reuniones en el centro de trabajo se autorizarán fuera de las horas de trabajo,

salvo acuerdo entre el órgano competente en materia de personal y quienes estén legitimados para convocarlas.

3. La celebración de las reuniones no perjudicará la prestación de los servicios y los convocantes de la misma serán responsables de su normal desarrollo.

TÍTULO VIII

Situaciones administrativas

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • inferior al cuarenta por ciento del colectivo convocado.

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  1. Apartado 1.d)

    Conforme a la Ley 2/2015, están legitimados para convocar una reunión los empleados públicos de las administraciones públicas respectivas en número no inferior al:

    1. A) Cuarenta por ciento del colectivo convocado.
    2. B) Treinta por ciento de la plantilla.
    3. C) Cincuenta por ciento del conjunto del colectivo convocado.
    4. D) Sesenta por ciento de la totalidad del colectivo convocado.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2015-5677. Ver la Ley 2/2015 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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