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Articulado

TÍTULO VII Derechos de ejercicio colectivo de los empleados públicosCAPÍTULO II. Negociación colectiva

Ley 2/2015 · LEPGArtículo 151Constitución y composición de las mesas de negociación del personal funcionario

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 151 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Constitución y composición de las mesas de negociación del personal funcionario» y está en el capítulo II («Negociación colectiva»). Tiene 4 apartados. Remite al artículo 150.

Apartados
4
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1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

1. Las mesas a las que se refiere el artículo anterior quedan válidamente constituidas cuando, además de la representación de la Administración correspondiente, y sin perjuicio del derecho de todas las organizaciones sindicales legitimadas a participar en ellas en proporción a su representatividad, tales organizaciones sindicales representen, como mínimo, a la mayoría absoluta de los miembros de los órganos unitarios de representación en el ámbito de que se trate.

2. Las variaciones en la representatividad sindical, a efectos de modificación en la composición de las mesas de negociación, serán acreditadas por las organizaciones sindicales interesadas, mediante el correspondiente certificado de la oficina pública de registro competente, cada dos años a partir de la fecha inicial de constitución de las citadas mesas.

3. La designación de los componentes de las mesas corresponde a las partes negociadoras, que pueden contar en las deliberaciones con la asistencia de asesores con voz, pero sin voto.

4. La composición numérica de las mesas se fijará reglamentaria o convencionalmente, sin que ninguna de las partes pueda superar el número de quince miembros.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. 1…tales organizaciones sindicales representen, como mínimo, a la mayoría absoluta de los miembros de los órganos unitarios de representación en el ámbito de…
  • Apdo. 2…correspondiente certificado de la oficina pública de registro competente, cada dos años a partir de la fecha inicial de constitución de las citadas mesas.
  • Apdo. 4La composición numérica de las mesas se fijará reglamentaria o convencionalmente, sin que ninguna de las partes pueda superar el número de quince miembros.

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