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Articulado

TÍTULO I. Derecho a la igualdad de trato y no discriminaciónCAPÍTULO II. El derecho a la igualdad de trato y no discriminación en determinados ámbitos de la vida política, económica, cultural y social

Ley 15/2022 · LITNDArtículo 14Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la educación no formal

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 13 de julio de 2022. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 14 de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación (Ley 15/2022, LITND) se titula «Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la educación no formal» y está en el capítulo II («El derecho a la igualdad de trato y no discriminación en determinados ámbitos de la vida política, económica, cultural y social») del título I («Derecho a la igualdad de trato y no discriminación»).

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Texto literal

Los poderes públicos promoverán en la educación no formal la transmisión de valores democráticos y derechos humanos a fin de evitar prejuicios, fanatismos y radicalizaciones que alienten la vulneración de la igualdad de trato y la discriminación, así como las conductas de estigmatización, hostilidad, odio, discriminación y violencia, fortaleciendo

comportamientos inspirados en el reconocimiento de la dignidad de las personas, la igualdad, libertad, solidaridad, justicia, tolerancia, no violencia, pluralismo y convivencia intercultural.

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  1. El ámbito en el que los poderes públicos promoverán la transmisión de valores democráticos para evitar prejuicios, según el artículo 14 de la Ley 15/2022, es:

    1. A) La educación primaria regulada.
    2. B) La formación profesional continua.
    3. C) El voluntariado de acción social.
    4. D) La educación no formal.
  2. Forman parte de los comportamientos a fortalecer en la educación no formal, según el artículo 14 de la Ley 15/2022:

    1. A) igualdad, libertad, solidaridad, equidad, tolerancia, no violencia, pluralismo e integración.
    2. B) igualdad, libertad, solidaridad, justicia, tolerancia, no violencia, pluralismo y convivencia intercultural.
    3. C) igualdad, libertad, solidaridad, justicia, tolerancia, no violencia, neutralidad y convivencia social.
    4. D) igualdad, libertad, solidaridad, justicia, tolerancia, no violencia, pluralismo e integración plena.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2022-11589. Ver la Ley 15/2022 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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