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Articulado

TÍTULO VII. Medio ambiente

Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 203Uso eficiente del suelo y sistemas integrales de transporte

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 203 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Uso eficiente del suelo y sistemas integrales de transporte» y está en el título VII («Medio ambiente»). Tiene 2 apartados.

Apartados
2
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1 min
Preguntas de test
1

Texto literal

1. Los poderes públicos de Andalucía velarán por un uso eficiente y sostenible del suelo, a fin de evitar la especulación urbanística y la configuración de áreas urbanizadas insostenibles.

2. La Comunidad Autónoma de Andalucía potenciará el desarrollo del transporte público colectivo, especialmente aquel más eficiente y menos contaminante.

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  1. Apartado 1

    De acuerdo con la Ley Orgánica 2/2007, la actuación de los poderes públicos a fin de evitar la especulación urbanística se denomina:

    1. A) uso eficiente y sostenible del suelo.
    2. B) aprovechamiento eficiente del suelo urbano.
    3. C) ordenación eficiente y sostenible del suelo.
    4. D) uso racional del suelo.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2007-5825. Ver la Ley Orgánica 2/2007 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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