TÍTULO IV. Organización institucional de la Comunidad AutónomaCAPÍTULO VII. La Administración de la Junta de Andalucía
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 139La Comunidad Autónoma como Administración Pública
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 139 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «La Comunidad Autónoma como Administración Pública» y está en el capítulo VII («La Administración de la Junta de Andalucía») del título IV («Organización institucional de la Comunidad Autónoma»). Tiene 2 apartados.
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Texto literal
1. La Comunidad Autónoma es Administración Pública a los efectos de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
2. La Comunidad Autónoma estará exenta de prestar cauciones o depósitos para ejercitar acciones o interponer recursos.
TÍTULO V
El Poder Judicial en Andalucía
CAPÍTULO I
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía